
Las sanciones del régimen de precios de transferencia se calculan en UVT. Para 2026 la UVT vale $52.374 COP, así que cualquier estimación que use cifras anteriores queda corta.
Sanción mínima
Equivale a 10 UVT, es decir $523.740 COP. Aplica en los casos más leves, por ejemplo cuando la corrección se hace antes de un requerimiento.
Extemporaneidad de la Declaración Informativa
Si la declaración se presenta tarde, la sanción se liquida sobre las operaciones reportadas. Cuando media requerimiento, el porcentaje sube.
Omisión de documentación comprobatoria
Llega al 2% del valor de la operación omitida, con tope. En operaciones de varios miles de millones, la cifra impacta el flujo de caja del año.
Ajuste de precios por la DIAN
Cuando la DIAN ajusta los precios pactados y modifica la base gravable, la sanción por inexactitud puede llegar al 100% del mayor impuesto. Esa es la sanción más alta del régimen y la que conviene evitar con un buen estudio.
Cómo reducirla
La corrección voluntaria, la subsanación antes de pliego de cargos y la respuesta técnica al requerimiento reducen el porcentaje aplicable. Cada paso oportuno baja la sanción. Lo costoso es esperar.
Escrito por el equipo de ACTF Consultores Contables y Tributarios SAS.
