
Precios de transferencia en Medellín aplica a las empresas antioqueñas con operaciones con vinculados del exterior, zonas francas o paraísos fiscales. Medellín es el segundo centro empresarial de Colombia y alberga empresas textiles, de tecnología, servicios compartidos y comercio exterior que superan los topes de la DIAN. Con la UVT 2025 de $49.799, el umbral de patrimonio es $4.979.900.000 y el de ingresos es $3.037.739.000.
Sectores obligados en Medellín
Sector textil y confecciones: Antioquia concentra el 40% de la industria textil colombiana. Empresas con operaciones de maquila, distribución internacional y acuerdos de marca con vinculados del exterior tienen obligación de precios de transferencia. Los contratos de manufactura por contrato y los pagos de regalías por uso de marcas son las operaciones más comunes.
Sector tecnológico: Medellín se ha posicionado como hub tecnológico de Latinoamérica. Empresas de software con vinculados en Silicon Valley, centros de desarrollo para multinacionales y startups con inversión extranjera deben revisar si superan los topes de patrimonio o ingresos.
Centros de servicios compartidos: Varias multinacionales han establecido centros de servicios en Medellín para atender operaciones regionales. Los servicios de contabilidad, recursos humanos, soporte técnico y gestión financiera prestados a vinculados generan obligación de precios de transferencia.
Topes y documentación
Patrimonio bruto mayor o igual a 100.000 UVT ($4.979.900.000) o ingresos brutos mayores o iguales a 61.000 UVT ($3.037.739.000). Si cumple alguno y tiene operaciones con vinculados, debe presentar Declaración Informativa (Formulario 120).
Si las operaciones con un mismo vinculado superan 45.000 UVT ($2.240.955.000), debe preparar Informe Local e Informe Maestro. Para operaciones con paraísos fiscales mayores a 10.000 UVT ($497.990.000), se requiere documentación comprobatoria adicional.
Zona Franca de Rionegro y precios de transferencia
Las operaciones con vinculados ubicados en la Zona Franca de Rionegro (cerca al aeropuerto José María Córdova) generan obligación de precios de transferencia. Empresas de logística, manufactura y ensamblaje ubicadas en esta zona franca que realizan operaciones con vinculados nacionales o internacionales deben verificar si superan los umbrales.
El Decreto 2120 de 2017 establece que las operaciones con vinculados en zona franca se tratan igual que las operaciones con vinculados del exterior para efectos de documentación y declaración.
Plazos y sanciones
Vencimientos: del 9 al 22 de septiembre de 2026 según último dígito del NIT. Sanción por omisión: 4% del valor de la operación. Sanción mensual por extemporaneidad: 0.2%. Sanción mínima: 10 UVT ($497.990). Corrección voluntaria antes de requerimiento: reduce 50%.
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Preguntas Frecuentes
Sí, si superan los topes de patrimonio (100.000 UVT) o ingresos (61.000 UVT) y tienen operaciones de maquila, distribución o pagos de regalías con vinculados del exterior.
Sí. Las operaciones con vinculados en cualquier zona franca colombiana generan obligación de precios de transferencia según el Decreto 2120 de 2017.
Entre el 9 y el 22 de septiembre de 2026, según el último dígito del NIT de la empresa.
Escrito por el equipo de ACTF Consultores Contables y Tributarios SAS.
