
El régimen colombiano de precios de transferencia exige que las operaciones entre vinculados económicos del exterior, o con residentes en jurisdicciones no cooperantes, se pacten en condiciones equivalentes a las de partes independientes. La DIAN revisa esos valores con detalle y aplica sanciones cuando la documentación no respalda lo declarado.
Para el año gravable 2025, con presentación en 2026, los umbrales se calculan con la UVT 2025 de $49.799 COP. Con ese valor, el umbral de ingresos brutos (61.000 UVT) equivale a $3.037.739.000 COP y el de patrimonio bruto (100.000 UVT) a $4.979.900.000 COP.
Quiénes están obligados
Quedan obligados los contribuyentes del impuesto sobre la renta cuyo patrimonio bruto a 31 de diciembre del año gravable sea igual o superior a 100.000 UVT, o cuyos ingresos brutos del mismo año sean iguales o superiores a 61.000 UVT, siempre que realicen operaciones con vinculados del exterior.
La documentación comprobatoria, que incluye Informe Local y Archivo Maestro, se exige cuando las operaciones con un mismo vinculado superan 45.000 UVT en el año. Por debajo de ese monto basta con presentar la Declaración Informativa.
Plazos para 2026
La DIAN fija los vencimientos entre el 9 y el 22 de septiembre de 2026, según el último dígito del NIT. Presentar fuera de plazo activa la sanción por extemporaneidad y abre la puerta a un requerimiento.
Sanciones que conviene evitar
La sanción mínima parte de 10 UVT, equivalentes a $523.740 COP. Omitir documentación cuesta el 2% del valor de la operación omitida. Si la DIAN ajusta los precios declarados, la sanción por inexactitud alcanza el 100% del mayor impuesto determinado. En operaciones grandes, esas cifras crecen rápido.
Cómo lo abordamos en ACTF
ACTF Consultores cuenta con más de 26 años de experiencia en fiscalización tributaria y precios de transferencia. Ese conocimiento interno del sistema cambia la forma de armar un estudio. Sabemos qué comparables resisten una revisión, qué análisis funcional convence y qué documentación cierra discusiones antes de empezar.
Escrito por el equipo de ACTF Consultores Contables y Tributarios SAS.
