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Precios de Transferencia en Cali 2026: Obligaciones, Plazos y Sanciones

29 de mayo de 2026 · 11 min de lectura · Precios de Transferencia

Precios de Transferencia en Cali 2026: Obligaciones, Plazos y Sanciones

Precios de transferencia en Cali es un tema que afecta a cientos de empresas del Valle del Cauca con operaciones internacionales. Si su empresa tiene vinculados en el exterior, opera con zonas francas o comercia con entidades en jurisdicciones no cooperantes, la DIAN exige documentación de precios de transferencia. Esta guía explica los topes actualizados con la UVT 2025, los documentos que debe preparar y los plazos de septiembre 2026.

Quiénes están obligados en Cali

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta con patrimonio bruto igual o superior a 100.000 UVT ($4.979.900.000 COP) o ingresos brutos iguales o superiores a 61.000 UVT ($3.037.739.000 COP) están obligados a presentar declaración informativa de precios de transferencia. Para empresas caleñas, esto incluye exportadoras de azúcar, ingenios, empresas del sector agroindustrial y compañías con operaciones en la Zona Franca del Pacífico.

La obligación nace cuando el contribuyente cumple alguno de los dos topes y además realiza operaciones con vinculados del exterior, con vinculados ubicados en zona franca, con establecimientos permanentes de entidades extranjeras o con personas en jurisdicciones no cooperantes (paraísos fiscales). El artículo 1.2.2.1.2 del Decreto 2120 de 2017 establece las cuatro situaciones específicas.

Topes UVT 2025 para empresas del Valle del Cauca

La UVT para el año gravable 2025 es de $49.799 COP. Los umbrales de obligación se calculan así: patrimonio bruto de 100.000 UVT equivale a $4.979.900.000 COP. Ingresos brutos de 61.000 UVT equivalen a $3.037.739.000 COP. En Cali, las empresas azucareras, los ingenios como Manuelita, Riopaila y Mayagüez, y las exportadoras del Valle superan estos topes con frecuencia.

Cuando las operaciones con un mismo vinculado superan 45.000 UVT ($2.240.955.000 COP), la empresa debe preparar el Informe Local y el Informe Maestro además de la Declaración Informativa. Para operaciones con entidades en paraísos fiscales que superen 10.000 UVT ($497.990.000 COP), también se exige documentación comprobatoria.

Sectores más afectados en Cali

El Valle del Cauca representa el 60% de la producción azucarera de Colombia. Las plantas de caña, ingenios y comercializadoras enfrentan obligaciones tributarias complejas: registro de precios de transferencia, informativa de renta, certificados de origen. El puerto de Buenaventura genera exportaciones diarias que requieren vigilancia fiscal continua.

Otros sectores afectados incluyen la industria farmacéutica con operaciones en la Zona Franca del Pacífico, empresas de tecnología con vinculados en Estados Unidos y Europa, y compañías de servicios compartidos que prestan servicios a matrices en el exterior. Cada sector tiene particularidades en la selección del método de precios de transferencia más apropiado.

Documentos que debe preparar

La Declaración Informativa (Formulario 120) es obligatoria para todos los contribuyentes que cumplen los topes y tienen operaciones con vinculados. Se presenta a través de los servicios informáticos de la DIAN antes del vencimiento de septiembre 2026.

El Informe Local debe contener diez secciones: descripción del objeto social, estructura organizacional, estrategia comercial, partes vinculadas, descripción de funciones, descripción de activos, análisis de riesgos, estrategias de cobertura, análisis de compensación y análisis de mercado. Cada sección requiere detalle suficiente para demostrar que las operaciones cumplen con el Principio de Plena Competencia.

El Informe Maestro ofrece una visión general del grupo multinacional: estructura de negocio, actividades económicas a nivel mundial, políticas generales de precios de transferencia, reparto global de ingresos e impuestos. Es obligatorio cuando las operaciones con un mismo vinculado superan 45.000 UVT.

Plazos de presentación en septiembre 2026

Los vencimientos dependen del último dígito del NIT de la empresa. Para el año gravable 2025, los plazos van del 9 al 22 de septiembre de 2026. El último dígito 1 vence el 9 de septiembre, el 2 vence el 10, y así sucesivamente hasta el 0 que vence el 22 de septiembre.

Presentar fuera de plazo activa la sanción por extemporaneidad: 5% del impuesto a cargo por cada mes de retraso, con tope del 100%. La sanción mínima es de 10 UVT ($497.990 COP). Si la presentación se hace después de un emplazamiento de la DIAN, la sanción se duplica al 10% por mes.

Sanciones por omisión en Cali

Omitir la documentación comprobatoria tiene sanción del 4% del valor de la operación omitida. En una operación de $2.000 millones con un vinculado en el exterior, la sanción por omisión es de $80 millones de pesos. Cada mes de retraso agrega un 0.2% mensual sobre el valor de las operaciones.

La corrección voluntaria antes de un requerimiento de la DIAN reduce la sanción hasta en un 50%. Por eso es crítico actuar antes de los vencimientos de septiembre. En ACTF Consultores hemos defendido a más de cien empresas caleñas ante la DIAN durante 26 años de experiencia.

Cómo prepararse desde ahora

Lo primero es hacer un inventario de todas las operaciones con vinculados del exterior, zona franca y paraísos fiscales realizadas durante 2025. Después, verificar si los montos superan los umbrales de 45.000 UVT o 10.000 UVT por vinculado. Finalmente, reunir la documentación contable y los contratos que soportan cada operación.

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Preguntas Frecuentes

El costo depende del número de operaciones y vinculados. Un estudio básico con un solo vinculado y operaciones menores a 45.000 UVT oscila entre $5 millones y $12 millones COP. Estudios complejos con múltiples vinculados pueden superar los $25 millones.

La DIAN aplica sanción del 4% del valor de las operaciones omitidas más 0.2% mensual por extemporaneidad. La sanción mínima es de 10 UVT ($497.990 COP). La corrección voluntaria antes de un requerimiento reduce la sanción en un 50%.

Sí. Las operaciones con vinculados ubicados en zona franca generan obligación de precios de transferencia. Si las operaciones superan 10.000 UVT ($497.990.000 COP), debe preparar documentación comprobatoria.

Escrito por el equipo de ACTF Consultores Contables y Tributarios SAS.

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