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IVA Exento para Hoteles en Colombia: Requisitos y Trámites

30 de abril de 2026 · 9 min de lectura · Planeación Tributaria

IVA Exento para Hoteles en Colombia: Requisitos y Trámites

Los hoteles nuevos y remodelados en Colombia pueden acceder a una exención de IVA sobre sus servicios de alojamiento por hasta 30 años. Este beneficio reduce la tarifa efectiva del IVA del 19% al 0% sobre los ingresos de hospedaje, lo que representa millones de pesos en ahorro anual. Esta guía explica los requisitos exactos, el trámite ante la DIAN y los errores que hacen perder el beneficio.

En qué consiste la exención de IVA para hoteles

El artículo 207-2 del Estatuto Tributario establece que los servicios hoteleros prestados en hoteles nuevos construidos entre el 1 de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2027, y en hoteles que se remodelen con inversión comprobable durante el mismo período, están exentos del impuesto sobre la renta por un período de 30 años.

Adicionalmente, el IVA sobre los servicios de alojamiento en estos hoteles es del 0% (exento) en lugar del 19%. Esto significa que el hotel no cobra IVA al huésped sobre la tarifa de la habitación, pero sí puede solicitar la devolución del IVA pagado en las compras de insumos, equipos y servicios relacionados con la actividad hotelera.

La combinación de renta exenta e IVA exento hace que este sea uno de los beneficios tributarios más atractivos del sector turístico colombiano. Para un hotel con ingresos de $5.000 millones anuales, la exención de IVA representa un ahorro directo de $950 millones al año.

Requisitos para acceder a la exención

Registro Nacional de Turismo (RNT) vigente. Todo establecimiento de hospedaje en Colombia debe estar inscrito en el RNT. Sin este registro, no puede acceder a ningún beneficio tributario del sector hotelero.

Clasificación y certificación. El hotel debe estar clasificado según las normas técnicas sectoriales (NTS) expedidas por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. La clasificación determina la categoría del establecimiento (de 1 a 5 estrellas) y certifica que cumple con los estándares mínimos de calidad.

Demostración de inversión nueva o de remodelación. Para hoteles nuevos, se requiere la licencia de construcción y los certificados de finalización de obra. Para hoteles remodelados, se requiere la documentación de la inversión realizada: facturas, contratos de obra, permisos de construcción y certificados de cumplimiento.

Declaración ante la DIAN. La empresa debe informar a la DIAN que aplica el beneficio tributario en su declaración de renta, soportando la inversión con la documentación descrita. No hay un trámite previo de aprobación. La DIAN verifica en auditoría posterior.

Diferencia entre IVA exento e IVA excluido

La diferencia es fundamental. El IVA exento (tarifa 0%) permite solicitar la devolución del IVA pagado en compras e inversiones. El IVA excluido no genera derecho a devolución. Los servicios hoteleros de hoteles que califican son exentos, no excluidos.

Esto significa que un hotel que invirtió $3.000 millones en remodelación pagó $570 millones de IVA en esas compras. Como responsable de IVA exento, puede solicitar la devolución de esos $570 millones ante la DIAN. La devolución toma aproximadamente 50 días hábiles.

Los hoteles que no califican para la exención cobran IVA del 19% a sus huéspedes y descuentan el IVA de sus compras. La diferencia entre lo cobrado y lo pagado es el IVA neto que entregan a la DIAN.

Hoteles en Cartagena, Bogotá y otras ciudades turísticas

La exención aplica a hoteles en cualquier ciudad de Colombia que cumplan los requisitos. Las ciudades con mayor aprovechamiento del beneficio son Cartagena (por el volumen turístico internacional), Bogotá (por el turismo de negocios), Santa Marta, San Andrés, Medellín y el Eje Cafetero.

En Cartagena, donde la tarifa promedio por noche es de las más altas del país, la exención de IVA puede representar un diferencial competitivo significativo. Un hotel exento puede ofrecer tarifas un 16% más bajas que un competidor que cobra IVA del 19%, o mantener la tarifa y mejorar su margen.

Los hoteles boutique, los hostales y los apartahoteles también pueden acceder a la exención si cumplen los requisitos de RNT, clasificación y demostración de inversión nueva o remodelación.

Errores que hacen perder el beneficio

No renovar el Registro Nacional de Turismo. El RNT vence cada año y debe renovarse antes de la fecha de vencimiento. Si el registro está vencido al momento de una auditoría de la DIAN, la exención se pierde por todo el período en que el registro estuvo inactivo.

No tener la clasificación hotelera vigente. La certificación bajo las normas técnicas sectoriales es un requisito legal. Un hotel sin clasificación no puede aplicar la exención aunque haya sido construido dentro del período establecido por la ley.

No documentar la inversión. La DIAN puede solicitar las facturas, contratos y permisos que soporten la inversión en construcción o remodelación. Si no tiene esta documentación organizada, la DIAN rechaza la exención y recalcula el impuesto de todos los períodos afectados.

Aplicar la exención a servicios no cubiertos. La exención aplica a servicios de alojamiento. Los servicios complementarios como restaurante, spa, lavandería y parqueadero no están exentos y deben facturarse con el IVA o impuesto al consumo correspondiente.

Trámite de devolución de IVA para hoteles exentos

Los hoteles exentos presentan declaración de IVA bimestral con tarifa 0% sobre los ingresos de alojamiento y el IVA de las compras como descontable. Cuando el IVA descontable supera el IVA generado (que es 0%), el resultado es un saldo a favor que se solicita en devolución.

La solicitud se presenta ante la DIAN con la declaración de IVA, los certificados de retención de IVA y la documentación soporte. La DIAN tiene 50 días hábiles para decidir. Si detecta inconsistencias, puede suspender el plazo y solicitar información adicional.

ACTF Consultores asesora hoteles en Cartagena y otras ciudades turísticas de Colombia en la aplicación de la exención de IVA, la solicitud de devoluciones y la defensa ante auditorías de la DIAN. Nuestro diagnóstico tributario gratuito evalúa si su hotel califica para el beneficio. Contáctenos por WhatsApp.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos años dura la exención de IVA para hoteles?

30 años desde la fecha de construcción del hotel nuevo o desde la fecha de finalización de la remodelación. El beneficio aplica tanto a la renta exenta como al IVA exento sobre servicios de alojamiento.

¿Un hotel remodelado califica igual que uno nuevo?

Sí, siempre que la remodelación se haya realizado entre 2003 y 2027 y se demuestre con documentación la inversión realizada. La DIAN exige facturas, contratos, permisos y certificados de obra.

¿Los hostales y apartahoteles también califican?

Sí, si están inscritos en el Registro Nacional de Turismo, clasificados bajo las normas técnicas sectoriales y demuestran inversión nueva o de remodelación. El tipo de establecimiento no excluye del beneficio.

¿Qué pasa si la DIAN rechaza mi exención?

La DIAN recalcula el IVA de todos los períodos afectados al 19%, cobra la diferencia más intereses de mora y aplica sanción por inexactitud del 100% del mayor impuesto determinado. La corrección voluntaria antes del requerimiento reduce esa sanción significativamente.

Escrito por el equipo de ACTF Consultores Contables y Tributarios SAS.

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