
El ICA en Santa Marta grava toda actividad comercial, industrial y de servicios realizada en el distrito con tarifas entre el 2 y el 10 por mil. Además del ICA, las empresas de Santa Marta pagan impuesto predial, impuesto de avisos y tableros, sobretasa bomberil y contribución de alumbrado público. Esta guía detalla cada tributo municipal, las tarifas vigentes y los errores que generan sanciones de la Secretaría de Hacienda Distrital.
ICA en Santa Marta: tarifas por actividad
Las tarifas del ICA en Santa Marta se establecen en el Estatuto Tributario Distrital. Las actividades industriales tributan entre 2 y 7 por mil. Las actividades comerciales entre 4,14 y 10 por mil. Las actividades de servicios entre 4,14 y 10 por mil. Las actividades financieras pagan la tarifa máxima del 10 por mil.
Para un hotel en El Rodadero con ingresos de $4.000 millones al año y tarifa del 7 por mil, el ICA es de $28 millones. Para un restaurante con ingresos de $1.500 millones al 10 por mil, el ICA es de $15 millones. El 50% del ICA pagado es deducible como descuento del impuesto de renta nacional.
Los ingresos por exportaciones directas están excluidos de la base gravable del ICA. Las empresas bananeras y agroindustriales del Magdalena que exportan directamente solo pagan ICA sobre los ingresos de ventas nacionales.
Declaración y plazos del ICA
La declaración del ICA en Santa Marta es bimestral para contribuyentes del régimen común. Los bimestres son enero-febrero, marzo-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-octubre, noviembre-diciembre. Los plazos de presentación vencen generalmente en los primeros 15 días del mes siguiente al cierre del bimestre.
Los contribuyentes del régimen simplificado (ingresos inferiores a 3.500 UVT o $183.309.000 en 2026) presentan declaración anual. Las empresas del régimen Simple de Tributación incluyen el ICA en su declaración consolidada anual.
Los agentes de retención de ICA deben presentar declaración de retención mensual. La retención de ICA se practica sobre los pagos a proveedores de bienes y servicios que ejercen actividades gravadas en Santa Marta.
Impuesto de avisos y tableros
El impuesto de avisos y tableros es un complemento del ICA que equivale al 15% del valor del ICA a cargo. Se paga cuando la empresa tiene avisos, vallas o cualquier elemento publicitario visible. Para un hotel con ICA de $28 millones, el impuesto de avisos y tableros agrega $4.200.000.
En la práctica, la Secretaría de Hacienda de Santa Marta cobra este impuesto a la mayoría de los establecimientos comerciales del centro histórico, El Rodadero, Bello Horizonte y las zonas turísticas. Si su establecimiento tiene un letrero visible desde la calle, paga avisos y tableros.
Impuesto predial unificado
El impuesto predial en Santa Marta se calcula sobre el avalúo catastral del inmueble. Las tarifas varían entre el 5 y el 33 por mil dependiendo del uso (residencial, comercial, industrial, lotes) y del estrato.
Los predios comerciales y hoteleros en zonas turísticas como El Rodadero y el centro histórico tienen avalúos catastrales altos y tarifas en el rango superior. Un hotel con avalúo catastral de $3.000 millones puede pagar predial de $30 millones a $60 millones dependiendo de la tarifa aplicable.
El predial se paga anualmente con descuento por pronto pago (generalmente del 10% si se paga antes de marzo) o en cuotas bimestrales sin descuento.
Otros tributos municipales
Sobretasa bomberil. Se calcula como un porcentaje del impuesto predial. La tarifa varía pero generalmente está entre el 3% y el 5% del predial. Financia el cuerpo de bomberos del distrito.
Contribución de alumbrado público. Se cobra mensualmente a través de la factura de energía eléctrica. El monto depende del consumo de energía y del tipo de usuario (residencial, comercial, industrial).
Impuesto de delineación urbana. Se paga cuando se solicitan licencias de construcción o remodelación. La tarifa varía entre el 1% y el 3% del presupuesto de la obra. Para un proyecto hotelero de $5.000 millones, el impuesto puede alcanzar $150 millones.
Sanciones por incumplimiento municipal
Las sanciones del ICA en Santa Marta siguen las mismas reglas proporcionales que los impuestos nacionales. La extemporaneidad genera el 5% del impuesto por mes de retraso, con tope del 100%. La inexactitud genera el 100% del mayor impuesto determinado.
La Secretaría de Hacienda Distrital cruza información con la DIAN y la facturación electrónica. Las empresas que declaran ingresos diferentes ante la DIAN y ante el distrito están recibiendo requerimientos con ajustes y sanciones.
ACTF Consultores asesora empresas en Santa Marta con servicios de cumplimiento tributario municipal, planeación de ICA y defensa ante la Secretaría de Hacienda Distrital. Nuestro diagnóstico tributario gratuito incluye la revisión de su posición fiscal municipal. Contáctenos por WhatsApp.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el ICA en Santa Marta para hoteles?
Entre 6 y 10 por mil sobre los ingresos brutos de la actividad hotelera, dependiendo de la clasificación en el Estatuto Tributario Distrital. Consulte la tarifa exacta para su código CIIU.
¿Las exportaciones pagan ICA en Santa Marta?
No. Los ingresos por exportaciones directas están excluidos de la base gravable del ICA. Solo las ventas nacionales generan este impuesto.
¿Cada cuánto se declara el ICA en Santa Marta?
Bimestralmente para el régimen común. Anualmente para el régimen simplificado. Las empresas del régimen Simple incluyen el ICA en su declaración consolidada anual y no presentan declaración municipal separada.
Escrito por el equipo de ACTF Consultores Contables y Tributarios SAS.
