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Comercio Fronterizo con Venezuela: Impuestos y Obligaciones 2026

20 de abril de 2026 · 10 min de lectura · Planeación Tributaria

Comercio Fronterizo con Venezuela: Impuestos y Obligaciones 2026

El comercio fronterizo entre Colombia y Venezuela genera obligaciones tributarias específicas para las empresas de Cúcuta y Norte de Santander. La reapertura progresiva de la frontera desde 2022 reactivó el intercambio comercial que superó los USD 1.200 millones en 2025. Si su empresa importa, exporta o realiza operaciones comerciales a través de los puentes internacionales, esta guía explica cada obligación fiscal, los riesgos aduaneros y las oportunidades tributarias.

Contexto del comercio fronterizo Colombia-Venezuela

La frontera entre Colombia y Venezuela en Norte de Santander es la frontera comercial más activa de América del Sur. Los puentes internacionales Simón Bolívar y Francisco de Paula Santander conectan Cúcuta con San Antonio del Táchira y Ureña. El comercio formal e informal mueve miles de millones de pesos al año.

Desde la reapertura, las exportaciones colombianas a Venezuela crecieron un 35% anual y las importaciones desde Venezuela se recuperaron gradualmente. Los principales productos exportados son alimentos procesados, productos químicos, textiles y materiales de construcción. Las importaciones incluyen derivados del petróleo, metales y productos químicos.

La DIAN tiene un equipo especializado en la frontera que fiscaliza el comercio transfronterizo. La Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta controla las operaciones de importación y exportación y aplica sanciones por evasión de tributos aduaneros e infracciones cambiarias.

Obligaciones aduaneras en la frontera

Toda mercancía que cruce la frontera de forma legal debe declararse ante la DIAN. Las importaciones pagan arancel (entre 0% y 20% según la partida arancelaria) e IVA del 19% sobre el valor CIF más arancel. Las exportaciones no pagan arancel ni IVA.

Las Zonas de Régimen Aduanero Especial (ZRAE) de Cúcuta permiten la importación de ciertos bienes para consumo local con tributos reducidos. Las mercancías que ingresan por ZRAE no pueden comercializarse fuera del área de cobertura sin pagar los tributos ordinarios.

La DIAN controla estrictamente el tránsito de mercancías por los pasos fronterizos. Las mercancías que se detectan sin declaración aduanera están sujetas a decomiso y sanciones que pueden alcanzar el 200% del valor de la mercancía.

Retención en la fuente sobre pagos al exterior

Los pagos a proveedores en Venezuela están sujetos a retención en la fuente como pagos al exterior. La tarifa general para servicios técnicos es del 20%. Para compra de mercancías no hay retención al proveedor pero sí se causan arancel e IVA al importar.

Venezuela fue incluida en el listado de jurisdicciones no cooperantes del Decreto 1966 de 2014 (actualizado periódicamente). Las operaciones con entidades ubicadas en jurisdicciones no cooperantes están sujetas a reglas especiales de precios de transferencia, independientemente de si existe vinculación económica.

Esto significa que una empresa de Cúcuta que compra mercancía a un proveedor en Venezuela, aunque no sea vinculado, puede estar sujeta a documentar precios de transferencia si supera los umbrales. La tarifa de retención sobre pagos a jurisdicciones no cooperantes es del 33% en lugar del 20%.

Régimen cambiario y declaración de cambios

Las operaciones de comercio exterior deben canalizarse a través del mercado cambiario. Cada importación y exportación requiere una declaración de cambios ante el Banco de la República. El incumplimiento de las normas cambiarias genera sanciones de la Superintendencia de Sociedades que pueden alcanzar el 200% del valor de la operación.

Las operaciones en bolívares que no se canalizan por el mercado formal generan riesgos de lavado de activos y evasión fiscal. La DIAN y la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero) monitorean las operaciones transfronterizas y las transacciones bancarias de las empresas de la región.

Para empresas que manejan grandes volúmenes de divisas, la planeación cambiaria complementa la planeación tributaria. Las diferencias en cambio generan ingresos o gastos fiscales que afectan la declaración de renta.

ICA en Cúcuta

El ICA en Cúcuta grava las actividades comerciales, industriales y de servicios realizadas en el municipio. Las tarifas van del 2 al 10 por mil. Las actividades de comercio al por mayor tributan entre 4,14 y 7 por mil. Los ingresos por exportaciones directas están excluidos de la base gravable.

La declaración es bimestral para contribuyentes del régimen común. La Secretaría de Hacienda de Cúcuta cruza información con la DIAN y fiscaliza especialmente a las empresas del sector de comercio exterior que operan con altos volúmenes de facturación.

Oportunidades tributarias en la frontera

Las empresas exportadoras de Cúcuta tienen derecho a devoluciones de IVA sobre las compras relacionadas con la producción exportada. Los saldos a favor pueden ser significativos para empresas con alto volumen de exportación a Venezuela.

Las Zonas de Régimen Aduanero Especial ofrecen tributos reducidos sobre importaciones para consumo local. Las empresas que operan dentro de estas zonas pueden aprovechar costos de importación menores que los del régimen ordinario.

ACTF Consultores atiende empresas de comercio exterior en Cúcuta y Norte de Santander con servicios de planeación tributaria, asesoría en obligaciones aduaneras y cambiarias, y precios de transferencia para operaciones con jurisdicciones no cooperantes. Nuestro diagnóstico tributario gratuito evalúa su posición fiscal. Contáctenos por WhatsApp.

Preguntas frecuentes

¿Las operaciones con Venezuela requieren precios de transferencia?

Pueden requerirlo. Venezuela ha sido clasificada como jurisdicción no cooperante en ciertos períodos. Las operaciones con entidades en jurisdicciones no cooperantes están sujetas a precios de transferencia sin importar si existe vinculación económica. Verifique el estatus vigente del Decreto 1496 de 2024.

¿Cuánto es la retención sobre pagos a Venezuela?

Si Venezuela está clasificada como jurisdicción no cooperante al momento del pago, la retención puede ser del 33%. Si no, aplican las tarifas generales: 20% para servicios técnicos, 15% para intereses. Consulte el estatus vigente antes de cada pago.

¿Las importaciones por ZRAE pagan menos impuestos?

Sí. Las Zonas de Régimen Aduanero Especial de Cúcuta permiten importar ciertos bienes con tributos reducidos. Pero la mercancía no puede comercializarse fuera del área de cobertura sin pagar los tributos ordinarios.

Escrito por el equipo de ACTF Consultores Contables y Tributarios SAS.

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